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El rio de las siete estrellas

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miércoles, 3 de marzo de 2010

EL QUIRÓFANO / La historia de 32 manganzones arrodillados ante el amo



* Bajo la ponencia del tristemente célebre Cabrerita, se publicó el escandaloso fallo número 301 del 27 de febrero de 2007, mediante el cual los magistrados se auto exoneraron de pagar impuestos

.

* Un magistrado de TSJ devenga un salario de 45 mil bolívares mensuales. Además, tiene carros, choferes, espalderos, seguro médico, secretarias (a veces querendonas), asistentes que le redactan los fallos, porque algunos ni siquiera, saben hacer las sentencias. En diciembre, reciben un bono de seis salarios, a medio año toman 30 días de vacaciones y de cuando en cuando se dan sus viajecitos a cuenta del Tesoro Público. Por si fuese poco, no pagan o pagan muy pocos tributos.


Por Santiago Alcalá

Dos sentencias dictadas esta semana por el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela y la Corte Constitucional de Colombia, respectivamente, confirman una realidad trágica. En el futuro no muy lejano, cuando algún historiador a la usanza de Plutarco en “Vidas Paralelas”, haga inventario de las virtudes y lacras de ambos países, la comparación resultará ineludible.

Mientras la justicia colombiana hace esfuerzos de civilidad, autonomía, de contrapeso a las tentaciones que siempre surgen en todo gobernante, su par venezolana chapotea en la charca de la adulación, servilismo, la chicana, la colusión y lamebotismo.



EL BOCHORNO DE LA SALA ELECTORAL DEL TSJ

El 23 de febrero, la Sala Electoral de nuestro TSJ dictó un fallo que marcará un hito en lo que se refiere al uso y abuso de martingalas para la manipulación política.

Nos referimos al pronunciamiento que anuló la votación del opositor José Alberto Barboza, como alcalde del municipio Sucre del estado Zulia. Asombra, incluso, para quienes no somos abogados, la futilidad, banalidad, la exigüidad del mencionado dictamen. Usted no puede anular “de un solo plumazo” como lo hizo el TSJ, la voluntad de un electorado, aparte que tampoco puede acudir a leguleyismos que ofenden hasta el elemental sentido común. El talento sin probidad es un azote, según nuestro Padre Libertador. Nosotros le replicamos que peor es carecer de ambas cualidades.

Cualquier persona sin ser especialista en la materia, sabe que las condiciones de elegibilidad para los cargos de votación popular, las fijan la Constitución y las leyes nacionales. Pero no. Según el mencionado fallo, el Concejo Municipal del Municipio Sucre del Estado Zulia, que es una instancia local estaba facultado para establecer requisitos para optar al cargo de alcalde de esa localidad. Así que a partir de ahora, cada municipalidad podrá hacer lo propio y según el aspirante de oposición tenga mayores posibilidades de éxito, establecer los requisitos más antojadizos. Ni más, ni menos, eso fue lo que dictaminó la torticera sentencia al anular la postulación de Barboza por haber quebrantado “el artículo 5 de la Ordenanza de Inmuebles Urbanos del Municipio Sucre del Estado Zulia”.

Detengámonos un poco en semejante barbaridad del TSJ: anular una elección por contravenir ¡una supuesta ordenanza sobre impuestos municipales!

Barrabasada mayor es muy difícil. El llamado derecho de frente es un impuesto a cargo de los propietarios inmobiliarios. Además, a los inquilinos –que al parecer había sido la situación de Barboza- no se les puede exigir pagos distintos a las pensiones de arrendamiento reguladas por ley nacional inquilinaria. Pero como la mencionada ordenanza, estableció que los ocupantes de los inmuebles responden de manera subsidiaria por el derecho de frente, el hoy ex alcalde Barboza –según el TSJ- tenía en primer lugar, que adivinar que su casero estaba insolvente con tales impuestos y en segundo término, pagar unas planillas que jamás se llegaron a expedir a su cargo.

Por otra parte, las vacantes sobrevenidas en los cargos de alcalde, según sean temporales o definitivas, las suplen, según cada caso, el segundo funcionario en jerarquía del gobierno municipal o la persona que designe el cabildo. Sin embargo el ponente del mencionado fallo, contraviniendo preceptos tan elementales,” reenganchó” al alcalde anterior que ¡coincidencias del destino! es de tendencia oficialista.

Total, que estamos frente a un monumento a la desvergüenza, la desfachatez y la parcialidad judicial.

Como Barboza es opositor al gobierno el ponente del mencionado fallo se sintió urgido de lustrarle las botas a Chávez y para ello, nada mejor que un fallo con la papelería del TSJ.

.

EN LA OTRA RIVERA DEL ARAUCA VIBRADOR

En la Corte Suprema de Justicia de Colombia cantó otro gallo. Qué suerte tienen los colombianos. La Sala Constitucional de ese país, le puso un parao a las pretensiones reeleccionistas de Álvaro Uribe.

Pero ni Mauricio González, presidente de dicha Sala es Luisa Estela Morales de Acosta Cazubón, ni Uribe es Hugo Chávez, porque por muy adversa que le haya sido la mencionada sentencia, el jefe de Estado del vecino país la acató sin chistar. Vale decir, no llamó plasta a los magistrados, ni mandó preso a ninguna juez, ni ordenó a sus pistoleros merodear la sede judicial en son de amenaza, ni anunció que iba a intentar nueva treta para burlar la prohibición de reelegirse otra vez.

Envidia sana, de la positiva nos provoca la Sala Constitucional de Colombia. En cuando a la conducta de Uribe deploramos sus ansias reeleccionistas pero también nos produce envidia sana al observar su conducta cívica al conocer la sentencia.

.

¡QUE ELIMINEN EL TSJ, YA!

Un magistrado devenga un salario de 45 mil bolívares mensuales. Además, tiene carro, chofer, espalderos, seguro médico, secretarias (a veces querendonas), asistentes que le redactan los fallos, porque algunos ni siquiera, saben hacer las sentencias. En diciembre, reciben un bono de seis salarios, a medio año toman 30 días de vacaciones y de cuando en cuando se dan sus viajecitos a cuenta del Tesoro Público. Por si fuese poco, no pagan o pagan muy pocos tributos. Los lectores se servirán recordar que bajo la ponencia del tristemente célebre, Cabrerita, se publicó el escandaloso fallo número 301 del 27 de febrero de 2007 mediante el cual los magistrados se auto exoneraron de impuestos.

¿Y para qué sirve todo ese dispendio, si los supuestos operadores de justicia se limitan a acatar las instrucciones de Chávez?

Los contribuyentes venezolanos, nos ahorraríamos unos cuantos millones, si se elimina el TSJ. Más rápido y más barato, nos saldría que el llamado “Nerón de Sabaneta” cual “imperatur” romano, él mismo y directamente, sin tantos intermediarios, administre injusticia. Dedote zurdo de pa´rriba, vas pa´l baile, dedote zurdo de pa´bajo, ‘tas ponchao.

No serán las decisiones más justas, legales, equitativas, ni transparentes. Pero las que dicta el actual TSJ, tampoco lo son. Eliminando este último nos ahorraremos el salario, con sus extras, de 32 manganzones. Por otra parte, si tienes que pagar coima, como lo hacen los ricachones en los tribunales, sale más barato pagarle a una sola persona que a un tribunal colegiado.

Para mayor rentabilidad, se podría alquilar el edificio de Dos Pilitas. Para sincerarnos mejor la actividad que se lleva actualmente en dichas instalaciones, sería nada más cuestión de cambiarle el nombre. Sí, ya sabemos lo que ustedes, están pensando. Pero no lo vamos a escribir.

Suficiente por hoy. Además, el grueso de nuestra lectoría está integrado por damas y no queremos ofender el pudor.
.

CRIMINALIZACIÓN DE LA DENUNCIA

Imposible concluir con el “Quirófano” de hoy, sin comentar otra barrabasada del TSJ. Los venezolanos tenemos el derecho legal y el deber moral de denunciar los hechos ilícitos de los cuales tengamos conocimiento, pero en lo adelante nos penalizarán si los hacemos por “motivaciones políticas”

¿Y quién nos penetrará el cerebro para determinar nuestras motivaciones internas?

La “juris-imprudencia” se produjo con motivo de una vieja denuncia presentada por el hoy alcalde Ledezma.

Nuestro jefe de Estado, en una de sus interminables tronas –mentales y sentimentales- confesó, públicamente que todas las mañanas se da su “pase de coca”.

Ledezma pidió una averiguación para determinar si eso, constituía delito y ahora resulta que el investigado no será el “perico-dependiente” sino quien hizo la denuncia. Entendidos en el tema, nos explican que se trata de una maniobra con tres filos de nuestro servil TSJ: atemorizar a todo potencial denunciante; colocarle una espada de Damocles a un adversario político -el alcalde metropolitano- y finalmente, blindar a Chávez contra enjuiciamientos futuros. Ahora que la maniobra está al descubierto habrá que estar atentos. Cuando la bacanal de corrupción, ineptitud, violación de derechos humanos y odio, haya terminado, alguna autoridad tendrá que declarar nulas esas indulgencias plenarias y mandar a sus responsables bien presos.





http://enfoques365.net/N10016-el-quirfano--la-historia-de-32-manganzones-arrodillados-ante-el-amo.html
Publicado por Jose angel en 13:18

2 comentarios:

miriam osorio dijo...

Qué vergüenza!!! deberían caminar como los avestruces
@mirosorio

3 de marzo de 2010 a las 14:39
miriam osorio dijo...

probando publicar un comentario con cuenta google

3 de marzo de 2010 a las 14:41

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